viernes, 5 de abril de 2024

REGLAMENTO DE UTILIZACION DEL SUM - PISO 16º

  

NORMAS GENERALES

 

  1. El Salón de Usos Múltiples del piso 16 está al servicio exclusivo de los copropietarios, locatarios y/o usufructuarios de las unidades funcionales que ocupen  el edificio, en carácter de espacio de reunión o evento de tipo estrictamente familiar y/o comercial  estando vedada su utilización para: ejercer actividades profesionales o con o sin fines de lucro ya sean habituales u ocasionales, fiestas de colegios o instituciones, eventos con fines benéficos, ferias tipo americanas, kermeses, convenciones, jornadas o como velatorio.
  2. Cualquier copropietario, locatario o usufructuario tiene derecho a solicitar la reserva del SUM para una determinada fecha, realizando dicha diligencia en el turno mañana de la guardia, si la reserva es viable en función de que para la fecha requerida no haya sido reservado por otro residente. Queda permitido tener hasta un máximo de 2 (dos) reservas pendientes de utilización.
  3. En caso de que coincida alguna reunión y/o Asamblea de Co propietarios del Consorcio con algún evento privado, siempre y sin excepción tendrá prioridad la del Consorcio.
  4. Por razones de seguridad la capacidad máxima del SUM es de 30 (treinta) personas en total entre anfitriones, familiares, acompañantes, invitados (incluidos mayores de seis años) y personal contratado si los hubiere.
  5. Junto con la "Solicitud de Reserva del SUM" se acompañara la lista con el nombre completo de invitados, con letra legible a fin de facilitar las tareas del personal de vigilancia del edificio y permitir el acceso. La Administración podrá implementar en el futuro otros sistemas de control de ingreso de personas. Solo podrán hacer la reserva si se encuentra con el pago de las expensas al dia. Los deudores, no podrán hacer reservas.
  6. Luego de su utilización, el SUM debe ser reintegrado al vigilador de turno, quien constara la integraridad del espacio y su mobiliario, además de limpio y en las mismas condiciones de uso en que lo recibió el usuario.
  7. Queda terminantemente prohibida la utilización de equipos de audio de potencia y/o la ejecución de música en vivo.
  8. Los menores de dieciocho años no pueden utilizar el sector sin la presencia en todo momento de sus padres o adulto responsable.
  9. Queda prohibido  pegar, colgar cualquier tipo de elementos que deterioren las paredes del lugar.
  10.  El horario de utilización del SUM queda establecido en los siguientes horarios: Lunes a Domingo de 7 a 11 Hs, Lunes a Domingo de 12 a 17 Hs, y Lunes a Domingo de 19 a 02 del dia siguiente. Se podrá alquilar mas de un bloque horario, en cuyo caso, el segundo bloque horario se cobrara al 80% del valor original, y el tercer bloque horario, se cobrara al 50% del valor original.

 

  1. En todos los casos,   se deberá  mantener conducta estricta y de utilizar equipos de música y/o audio, los mismos no podrán tener una potencia superior a los 70 db.

  1. REGIMEN DE MULTAS:

El incumplimiento de las normas de uso del SUM, por ej.:

a) ruidos molestos a otros vecinos;

b)volúmen de música elevado;

c) excederse en los horarios de habilitación estipulados;

d)cantidad de concurrentes;

e) comportamientos vandálicos y/o

  f)practicas atentatorias de las buenas costumbres

Podrán ser pasibles de multas pecuniarias que serán debitadas en las expensas de la unidad en cuestion, bastando para ello la manifestación por escrito del personal del Consorcio, del servicio de vigilancia, del Administrador, de cualquiera de los integrantes del Consejo de Administracion o de cualquier otro vecino del edificio. Se tomarán a tal fin los siguientes valores de referencia:

Primera vez:  5% de las ultimas expensas liquidades a la unidad  que reservo el SUM.

Segunda vez: 10% de las ultimas expensas liquidadas a la unidad que reservo el SUM.-

Tercera y siguientes veces: 50% de las ultimas expensas liquidadas

 

  1. Queda facultado el Administador y/o el Consejo de Propietarios, en forma individual o conjunta, prohibir la utilización y reserva del SUM, por un tiempo determinado, luego de producidas tres infracciones. La unidad sancionada no podrá utilizarlo ni hacer reservas mientras se encuentre vigente la sanción a través de terceras unidades.
  2.  COSTOS DE UTILIZACION: Se establece el valor locativo de cada bloque horario en la suma de $ 60.000.- para el mes de Abril de 2024. Dicha suma se actualizara en forma trimestral, en acuerdo entre el Consejo de Propietarios y la Administracion. Se deberá comunicar la misma, por los distintos canales de Comunciacion de la Administracion.  A dicha suma, se le adicionara el servicio de limpieza.

 

                      DECLARACION JURADA DESLINDE RESPONSABILIDAD


El que suscribe:............................

Con DNI n°:.................................. ocupante de la oficina: del edificio de la Av del Libertador 650 – Vicente Lopez, Provincia de Buenos Aires, en su carácter de: co propietario / locatario / usufructuario, participante como anfitrión de la reunión a realizarse el……de .....  de  de 20.. .  manifiesta por la presente que libera de toda responsabilidad al Consorcio de Propietarios por los eventuales daños y/o perjuicios que pudieran derivarse de la reunión d convocada por su persona en el salón del SUM del piso 16° del edificio.

La liberación de responsabilidad aludida alcanza a todo daño que pudieran eventualmente sufrir las personas que asistan, así como los bienes de propiedad del Consorcio como consecuencia del evento mencionado, incluso por caso fortuito o fuerza mayor, como así también aquellos daños que pudieran sufrir sus acompañantes e invitados.

En virtud de la liberación de responsabilidad efectuada más arriba, el suscripto renuncia en este acto por si, sus acompañantes y sus invitados a reclamar indemnización alguna al Consorcio de Propietarios Av. del Libertador 650, por los eventuales daños que pudiera sufrir su persona, acompañantes, invitados y/o bienes por su participación en dicho evento.

Asimismo, el suscripto, acepta conocer y respetar las normas y condiciones que impone el Reglamento Interno para el use del SUM, como así también las modificaciones instrumentadas por la Administración del Consorcio de Propietarios Av. del Libertador 650 Vicente Lopez, todas las cuales tienden a preservar el respeto y la armonía de una sana convivencia en un edificio de viviendas en propiedad horizontal.

Se adjunta "Listado de Invitados".

En  Vicente López, Provincia de Buenos Aires, a los...............................................

de............................................ de 20 . .  remite y suscribe la presente declaración jurada

para el ente referido "ut supra" comprometiéndose a su observación y/o cumplimiento.


 

 

Firma y aclaracion 

 

 

 

 

 

EQUIPAMIENTO: El SUM cuenta con el siguiente equipamiento  y mobiliario, cuya rotura, faltante, falla o cualquier otro evento habilita al cobro por expensas de lo ocurrido.

 

-          2 equipos de aire acondicionado frio/calor de 3000 frigocalorias

-          1 Termotanque eléctrico de 50 litros

-          24 sillas color negro y patas de aluminio

-          4 mesas

-          24 platos.

-          24 vasos

-          24 cuchillos

-          24 tenedores

-          24 cucharas

-          24 cucharitas

-          24 compoteras

-          1 mueble vajillero

-          1 heladera exhibidora

-           


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